La propuesta de ley que deroga el artículo 178 de la Constitución de Panamá, que impide la reelección presidencial inmediata, es considerada como improcedente, por lo cual será rechazada.
En conferencia de prensa, el presidente de la Asamblea Nacional, Sergio Gálvez, aclaró que los ciudadanos solo pueden presentar ante la Oficina de Participación Ciudadana iniciativas, pero que no estén relacionadas con un acto constitucional, tal como fue el caso del señor Honorio Quezada De Palacios.
Gálvez recordó que según el artículo 313 de la Constitución Política, las propuestas para proponer este tipo de leyes son restringidas, ya que solo puede emanar del Órgano Ejecutivo, la Corte Suprema de Justicia y el propio Órgano Legislativo.
Al destacar otro punto de asidero, el jefe del Parlamento destacó que el artículo 314 de la Carta Magna concede iniciativa ciudadana para proponer la convocatoria a una Constituyente Paralela , la cual requeriría del 20% del total del padrón electoral, o sea, recolectar 480 mil firmas aproximadamente.